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Exención depositar fianza nueva ley de Vivienda de Andalucía
Apreciado propietario/a,
Con la entrada en vigor del pasado 24 de enero de 2026 de la nueva Ley de Vivienda de Andalucía (Ley 5/2025), para los contratos de alquiler firmados a partir de su entrada en vigor tanto de vivienda permanente como temporal, se exime a los propietarios de depositar la fianza en AVRA la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía mediante el modelo 806.
Esto no afecta a los contratos anteriores, que continuarán con su procedimiento normal.
Tampoco exime al inquilino / arrendatario del pago de la fianza, solamente que el propietario / arrendador será quien tenga la custodia de la misma.
Como nota aclaratoria, el contrato suscrito entre las partes sigue siendo perfectamente legal y continúa teniendo la obligación de declarar los ingresos en la declaración de la Renta y aquellos que sean de vivienda permanente, pueden empadronarse en la vivienda sin problema.
Puede ocurrir para los contratos de alquiler temporales para estudiantes, que los inquilinos soliciten se deposite la fianza en AVRA para que puedan tener acceso a las becas de estudios.
Este es una problemática que se irá viendo cómo se solventa en las entidades y los requisitos, en cualquier caso, conviene aclararlo con ellos previa a la firma del contrato de alquiler temporal.
Quedo a tu disposición y te mando un cordial saludo.
Atentamente
Rafael Muñoz
Asesor inmobiliario